21/12/2009 El Tribunal Superior de Justicia de galicia declara válido el cese de una trabajadora embarazada al no superar el periodo de prueba
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (en adelante TSJ Galicia), en su Sentencia de 10 de noviembre de 2009, ha declarado válida la extinción del contrato de una trabajadora que se incorporó a una empresa estando embarazada, por no superación del periodo de prueba, teniendo conocimiento de dicha circunstancia la empresa previamente a su contratación.
Recordemos que la Sentencia del Tribunal Constitucional, de fecha 11 de julio de 2008, declaró que en los casos de despido de trabajadoras embarazadas “la nulidad del despido tiene carácter automático (…), sin contemplar requisito específico alguno, ni de comunicación previa del embarazo al empresario (…)”. Con dicha doctrina se pretende dotar de una mayor protección a la trabajadora embarazada frente a situaciones discriminatorias, eximiéndole de la necesidad de acreditar indicio alguno de vulneración de derechos fundamentales, así como de probar que el empresario conocía su estado de embarazo.
De este modo, la reciente Sentencia del TSJ Galicia atempera el criterio seguido por el Tribunal Constitucional basándose en dos aspectos que confluyen en el caso resuelto, cuales son:
1) El empresario conocía el estado de embarazo de la trabajadora con anterioridad a su contratación, lo cual no supuso inconveniente para que ésta fuera contratada;
2) en este caso no se adopta una decisión empresarial bajo la forma de despido, sino que el empresario hace uso del libre desistimiento que le ampara, por encontrarse la trabajadora dentro del periodo de prueba.
Finalmente, el TSJ Galicia razona que la extinción del contrato en el periodo de prueba es válida, sin necesidad de aducir causa alguna para ello, salvo que esté motivada por razón discriminatoria que viole lo dispuesto en el art. 14, o cualquier otro derecho fundamental, de la Constitución, circunstancia que según el TSJ Galicia no se da, en atención a los aspectos propios del caso.
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