El Gobierno aprueba el Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, que modifica el Reglamento de los servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997, de 17 de enero)

11-05-2010

Esta reforma responde a los objetivos fijados en la estrategia española de Seguridad y Salud en el Trabajo para el período 2007-2012, y a la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, establecida por la Ley 25/2009 de 22 de diciembre de 2009.

La modificación más relevante se refiere al Reglamento de Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997, de 17 de enero). Esta reforma sirve dos finalidades fundamentales:

1) Facilitar el cumplimiento de la normativa en materia de prevención a las empresas, especialmente a las PYMES. Para ello se adoptan, entre otras, las siguientes medidas :

  • se permite a las empresas de hasta 50 trabajadores que no realicen actividades de especial peligrosidad (las comprendidas en el Anexo I del Real Decreto 39/1997) que realicen de manera simplificada el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos, y la planificación de la actividad preventiva.
  • se permite a estas empresas que tengan un sistema simplificado de auditoría de sus sistemas de gestión de la prevención de riesgos.
  • se amplía de 6 a 10 el número de trabajadores de las empresas en que se permite que el empresario asuma personalmente la actividad preventiva.

2) Potenciar la calidad y eficacia de los sistemas de prevención de riesgos laborales. Se favorece el aumento de la calidad de los servicios de prevención ajenos mediante una definición más completa del contenido de sus conciertos con las empresas, y sentando las bases de los medios humanos y materiales de los que deben disponer para prestar un servicio de calidad.

Esta norma también introduce pequeños cambios en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
 

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