Innovaciones para agentes inmobiliarios en Cataluña -Decreto 12/2010, de 2 de Febrero-

12-04-2010

Tras la entrada en vigor del Decreto 12/2010 el pasado día 9 de marzo, Cataluña se ha convertido en la primera Comunidad Autónoma en España en establecer un registro central para los agentes inmobiliarios.

La inscripción en este registro es obligatoria para los cerca de 10.800 agentes inmobiliarios en Cataluña. No obstante, se otorga un periodo transitorio de seis meses para todos aquellos agentes que vinieran ejerciendo su actividad profesional antes de la entrada en vigor del decreto con el fin de que puedan efectuar la inscripción. En este sentido, el decreto establece determinados requisitos relativos al ejercicio de la actividad que deberán ser cumplidos a los efectos de obtener la inscripción, sirviendo de ejemplo la constitución de una garantía, la contratación de un seguro o la acreditación de su formación en áreas relacionadas con el sector inmobiliario.

La gestión del registro la llevará a cabo la Agencia de la Vivienda. No obstante, la empresa pública Adigsa ejercerá las funciones de la Agencia de la Vivienda hasta que ésta se ponga en funcionamiento.

El legislador catalán espera que la introducción del registro tenga efectos positivos en lo que se refiere a la transparencia y protección de los consumidores en el sector inmobiliario.
 

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