De conformidad con el Derecho español, están obligadas a designar a un represente fiscal residente en España distintas categorías de contribuyentes; se trata, concretamente, de los fondos de pensiones extranjeros cuya sede se encuentre en otro Estado miembro y que ofrezcan regímenes de pensiones en España, las compañías de seguros de otros Estados miembros que operen en España, las empresas no residentes que operen en España en régimen de establecimiento permanente y los no residentes sujetos al impuesto de sucesiones y donaciones en España.
La Comisión considera que este requisito es discriminatorio y que restringe además la libre prestación de servicios establecida en el artículo 56 del TFUE.
Pueden consultarse los comunicados de prensa sobre los procedimientos de infracción en materia fiscal o aduanera en la siguiente dirección:
http://ec.europa.eu/taxation_customs/common/infringements/infringement_cases/index_en.htm
La información general más actualizada sobre los procedimientos de infracción incoados contra los Estados miembros puede consultarse en la siguiente dirección:
http://ec.europa.eu/community_law/index_es.htm
Para más información por favor póngase en contacto con José Blasi: [email protected]