Ampliada la moratoria del deber de solicitar el concurso hasta el 31 de diciembre de 2021

15-03-2021 - José María Rocalba Méndez

En septiembre de 2020 se aprobaron diversas normas en el ámbito procesal y concursal cuyo principal objetivo era fijar una serie de medidas de protección a empresas, por las que se pretendía evitar declaraciones de concurso y posterior liquidación respecto de empresas que podrían ser viables económicamente en condiciones normales del mercado.

El Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, amplió algunas de estas medidas y en concreto se amplió la moratoria concursal hasta el 14 de marzo de 2021. Esto supuso ampliar hasta el 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso y también ampliaba hasta la misma fecha la obligación del juez de admitir a trámite el concurso si era solicitado por los acreedores.

El Gobierno, hoy día 12 de marzo, ha ampliado esta moratoria hasta el 31 de diciembre de 2021. Se deberá analizar qué otras ayudas a las empresas se materializan, pues la moratoria, que en un primer momento pudo ser necesaria, de alargarse excesivamente en el tiempo puede desincentivar que compañías viables, pero en apuros, adopten medidas cuando podrían estar a tiempo de hacerlo.

Se amplía asimismo el plazo para renegociar, tanto los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago (ambos son instrumentos previos al concurso), como los propios convenios concursales; y se amplían hasta el 31 de diciembre de 2021 las medidas procesales que agilizan los procesos, como la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial.