Modificación del régimen aplicable a las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, SOCIMI españolas

10-01-2013

El pasado día 28 de diciembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, la Ley 16/2012, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las financias públicas y al impulso de la actividad económica.

Entre otras medidas, se ha incluido, a través de su disposición final octava, diversas modificaciones normativas que afectan al régimen aplicable a las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario y cuya aplicación lo será con efectos a partir del 1 de enero de 2013.

Entre las modificaciones adoptadas, cabe destacar la flexibilización de los requisitos que afectan al régimen jurídico aplicable a dichas entidades, respecto a los requisitos de cotización, financiación ajena, capital social mínimo exigido y obligación de distribución de beneficios.

Desde el punto de vista del régimen tributario especial aplicable a estas entidades, cabe destacar, como elemento más relevante, la ausencia de tributación por el Impuesto sobre Sociedades en sede de la propia SOCIMI, sometido al cumplimiento de ciertos requisitos, en tanto que se establece la aplicación de un tipo de gravamen del cero por ciento por este Impuesto. Con ello se consigue equiparar el tratamiento tributario que este tipo de vehículos de inversión inmobiliaria reciben en los países del entorno UE.

Con estas modificaciones introducidas entendemos que se facilitará el cumplimiento del objetivo pretendido de impulsar la constitución de estas entidades al objeto de dinamizar el mercado inmobiliario español y proporcionar liquidez a las inversiones inmobiliarias.

Para más información, por favor contacte con Víctor Manzanares: [email protected]