Polémica reforma en el sector de la distribución de automóviles

09-03-2011

El pasado 15 de febrero de 2011 se aprobó una radical reforma del marco normativo que regula la distribución de automóviles y vehículos industriales, que ha generado gran polémica entre las marcas y los concesionarios de coches.

La enmienda introduce varias novedades relevantes. En primer lugar, establece que el régimen de la Ley de Agencia resulta de imperativa aplicación a los contratos de distribución de vehículos. La reforma introduce también la facultad del distribuidor de devolver aquellos productos suministrados que no hayan sido adquiridos por la clientela pasados 60 días de su adquisición, en aquellos en los que el proveedor hubiese establecido contractualmente unas compras mínimas de stock. La nueva regulación reconoce positivamente una compensación por clientela en caso de extinción del contrato, por vencimiento de su plazo o por cualquier otra causa, en cuyo caso el distribuidor tendrá derecho a percibir una indemnización que en ningún caso podrá ser inferior al importe medio anual de las ventas efectuadas por el proveedor. La polémica norma recoge también el derecho del distribuidor a ser resarcido por las inversiones instruidas por el proveedor y no amortizadas a la fecha de finalización del contrato, así como las indemnizaciones por el personal laboral del se haya tenido que prescindir por motivo de la extinción del contrato. En el último trámite parlamentario ha desaparecido una disposición por la que se declaraba que la norma era aplicable a los contratos suscritos con anterioridad a la entrada en vigor a la ley.

Para más información por favor contacte con Eric Jordi: [email protected]