Anulación por el Tribunal Supremo de determinados artículos del reglamento notarial

21-07-2008

El pasado 20 de mayo la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo anuló 23 artículos, una disposición adicional y otra final del Reglamento notarial tal y como habían sido redactados por la reforma que del mismo se realizó por el Real Decreto 45/2007 de 19 de enero. La razón de la anulación obedece a que tal reforma debía haber sido realizada por una Ley y no por un Real Decreto.

Según el Presidente del Consejo General del Notariado las consecuencias prácticas de la decisión del Tribunal Supremo son que los notarios no podrán ejercer el control de la legalidad de los documentos que autoricen, que no podrán consultar el archivo de Revocación de poderes del Consejo general del notariado para comprobar si un poder ha sido o no revocado, ni usar los instrumentos que el reglamento notarial les daba para colaborar con la administración de justicia en materia de actas de notoriedad y de subasta, ni colaborar con el catastro resolviendo dudas de la descripción física de las fincas.

El Gobierno ha manifestado que promoverá en breve una iniciativa legislativa al objeto de volver a hacer operativos los controles notariales ahora anulados.”

Para más información póngase en contacto con César García de Quevedo: [email protected]