Aprobación del consejo de ministros del estatuto API

09-01-2008

El 28 de Septiembre se aprueba mediante el Real Decreto 1294/2007 el Estatuto General API por el que se establecen ciertos cambios a la hora de obtener la colegiación. Dicho Estatuto supone una mejora en cuanto a la formación profesional de los agentes inmobiliarios y seguridad al consumidor.

El Consejo de Ministros aprobó, el día 28 de Septiembre de 2007, los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General que regulará la actividad de este colectivo así como sus Instituciones mediante el Real Decreto 1294/2007.

Como novedad más importante cabe destacar el Artículo 1 .1.b) del Real Decreto donde se enumeran los requisitos formativos para poder colegiarse, entre los cuales encontramos la posesión del título de ingeniero, arquitecto, licenciado o el Título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria, lo cual implica un beneficio para los consumidores y usuarios, ya que comporta una mayor profesionalización de los agentes.

Por otro lado el Real Decreto elimina el examen de entrada del Ministerio, cuyas convocatorias dependían de la voluntad de este, lo que suponía una traba a la hora de poder colegiarse, por lo que, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto, el proceso de colegiación será más dinámico y se espera que en los próximos años el número de profesionales colegiados aumente sustancialmente. En la actualidad solamente el 30% de los agentes inmobiliarios están colegiados, porcentaje muy bajo teniendo en cuenta la importancia del sector donde desarrollan su actividad.

En definitiva la aprobación del Estatuto viene a regular de una forma más efectiva la actividad de la intermediación inmobiliaria dando respaldo a sus profesionales y confianza a los consumidores.

Para más información póngase en contacto con Mónica Regaño Aguirre: [email protected]