La segunda de las líneas básicas persigue imponer a las empresas con plantillas de menos de 50 trabajadores (las de 50 o más trabajadores ya venían obligadas a ello) la obligación de prever el futuro de aquellos que sean despedidos, mediante la inclusión de un plan de acompañamiento social y de recolocación de los trabajadores afectados por el ERE.
Por último, como tercera de las líneas de actuación, y a petición de los sindicatos, se estudiará la posibilidad de que se puedan reponer las prestaciones por desempleo percibidas por un trabajador afectado por un ERE en el que se le suspenda su contrato de trabajo con carácter temporal, cuando con posterioridad se efectúe un expediente de extinción de su relación laboral.
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