Novedades introducidas en la declaración anual informativa relativa a operaciones con terceras personas (Modelo 347) correspondiente al ejercicio 2008.

11-03-2009

A partir del próximo 1 de marzo de 2009 y hasta el 31 de dicho mes se inicia el período voluntario de presentación de la declaración anual informativa, relativa a operaciones con terceras personas correspondientes al ejercicio 2008.

A los efectos de su efectiva preparación y presentación, conviene tener presente que este modelo presenta una serie de novedades y modificaciones que fueron introducidas a través del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria que han sido recogidas en la Orden del Ministerio de Hacienda 3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347.

De las novedades introducidas destacamos las de carácter informativo que consisten en:

1.- Es necesario incluir en dicha declaración los importes superiores a 6.000 Euros que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración.

A este respecto es necesario precisar que se declararán los importes percibidos sobre operaciones declaradas en el ejercicio, esto es, si tengo una factura de un cliente por importe de 60.000 Euros correspondiente al ejercicio 2007, que fue declarada en dicho ejercicio pero que ha sido percibida en el ejercicio 2008, no existirá la obligación de declarar en el ejercicio 2008 este movimiento de efectivo.

2.- Se debe incluir, de manera separada de otras operaciones, el detalle de las cantidades que se perciban en contraprestación por transmisiones de inmuebles que constituyan entregas sujetas a IVA.

Para más información póngase en contacto con Victor Manzanares Saínz: [email protected]