Permiso de residencia por la compra de un inmueble en España

19-09-2013

Los extranjeros de países que no pertenecen a la Unión Europea podrán obtener la residencia en España por la compra de un inmueble en dicho territorio por valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.

Para acreditar que se ha adquirido el inmueble, el solicitante del permiso debe obtener un certificado de dominio y cargas del Registro de la Propiedad relativo a dicho inmueble. Adicionalmente, el solicitante debe cumplir una serie de requisitos en materia de extranjería (carecer de antecedentes penales; contar con un seguro público o privado de enfermedad así como con recursos económicos suficientes; etc.).

El permiso autoriza en primer lugar para residir en España durante 1 año (“visado de residencia para inversores”). A continuación se puede solictar un nuevo permiso de residencia para 2 nuevos años, renovables por otros 2 años adicionales (“permiso de residencia para inversores”).

Esta medida ha sido aprobada por el Congreso de los Diputados el 19 de septiembre de 2013 en el marco de la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y entrará en vigor en los próximos días tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Para más información, por favor contacte con Wanda Cazalla