Gravamen complementario en el impuesto de la renta para residentes (IRFP) e incremento de tipos impositivos de no residentes (IRNR) en territorio español

09-01-2012

(Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre)

Entre las novedades tributarias introducidas por el Real Decreto-Ley 20/2011, aparece el incremento del tipo de gravamen general del IRPF, y de los rendimientos derivados, en general, de intereses, dividendos y ganancias patrimoniales. Asimismo también se incrementa para estas rentas el tipo impositivo en el ámbito del IRNR para los años 2012 y 2013, así como el tipo aplicable con carácter general para otra clase de rentas de no residentes sin establecimiento en España.
 

Con el objeto de reducir el déficit público, se establece un gravamen complementario a la cuota íntegra estatal en el ámbito del IRPF, que resultará de aplicación en los periodos impositivos 2012 y 2013.

Ello supone, independientemente de los incrementos que puedan acordar las Comunidades Autónomas, un incremento del tipo marginal de hasta el 52%.

Además también se incrementan los tipos impositivos de la base liquidable del ahorro (intereses, dividendos y ganancias patrimoniales en general).

De esta forma los tipos de la base del ahorro, quedarán en el 21%, 25% o 27% según los tres tramos que tenemos en la escala respectivamente.

En lo relativo al Impuesto sobre la renta de no residentes durante los ejercicios 2012 y 2013 se incrementa el tipo general aplicable a las rentas obtenidas en defecto de tipo específico aplicable, elevándolo del 24% al 24,75%, para los contribuyentes que operen sin establecimiento permanente.

Igualmente se eleva del 19% actual al 21% el tipo impositivo para dividendos, intereses y ganancias patrimoniales, sin perjuicio de la normativa comunitaria o convenios de doble imposición (CDI) que resultara de aplicación.

Por último en concreto para los contribuyentes que operan en España con establecimiento permanente, el tipo complementario aplicable sobre las cuantías transferidas al extranjero con cargo a las rentas del establecimiento permanente se han elevado del 19% al 21%.

Destacamos que es intención del gobierno español que estas medidas tengan carácter temporal, en concreto solamente para los ejercicios 2012 y 2013, según ha comunicado el propio gobierno. Veremos si esta “intención” viene a convertirse en una realidad para el ejercicio fiscal 2014.

Para más información por favor póngase en contacto con Gustavo Yanes: [email protected]