En concreto, el tipo general de gravamen se ve incrementado del 1,2% al 1,5%. En este sentido, por ejemplo, la formalización en escritura pública de una garantía hipotecaria tendrá un sobrecoste, a partir del 24 de marzo de 2012, del 0,3% sobre el valor del capital garantizado, comprendiendo las sumas que se aseguren por intereses, indemnizaciones, penas por incumplimiento y otros conceptos análogos.
Por otra parte, el tipo de gravamen especial de AJD aplicable en operaciones relacionadas con ventas de inmuebles en las que se renuncia a la exención en el IVA, asumiendo que se cumplen los requisitos para ello, se ve incrementado del 1,5% al 1,8%. En consecuencia, el coste fiscal relativo a la compraventa de inmuebles entre empresarios o profesionales se ve incrementado en un 0.3%
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