Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas: se amplía a los no residentes en España la exención de los primeros 700.000 € de patrimonio

Publicado el 15-01-2024

El pasado 28 de diciembre de 2023 entró en vigor el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía. El decreto extiende el mínimo exento de 700.000 euros del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas a todos los sujetos pasivos, con independencia de que sean o no residentes en España.

 

Todos los contribuyentes con un patrimonio superior a 3 millones de euros, descontando 700.000 euros exentos para, hasta ahora, los residentes en España, a los que se suman 300.000 euros exentos por la vivienda habitual, están obligados a presentar la declaración del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas.

No obstante, con la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 8/2023 se amplía la exención de 700.000 euros también a los no residentes, quienes están obligados a tributar por su patrimonio en España, si este es superior a 3 millones de euros.

En concreto, el texto recoge que “se modifican determinadas normas tributarias, a fin de extender el mínimo exento de 700.000 euros a todos los sujetos pasivos del impuesto, con independencia de que sean o no residentes en España”.

Dicha modificación se ha hecho con efectos retroactivos, de manera que los no residentes no solo podrán beneficiarse de esta exención en su declaración del año 2023 (y siguientes), sino que también podrán rectificar su declaración de 2022 y solicitar la oportuna devolución de impuestos.

Con esta modificación, se pretende equiparar a residentes y no residentes en España, con la intención de no vulnerar los derechos de los ciudadanos por su condición de residente o no en España.

Si en su declaración del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas del ejercicio 2022 como no residente no aplicó la exención de 700.000 euros, desde Monereo Meyer Abogados podemos ayudarle con la solicitud de devolución de ingresos indebidos por la aplicación de dicha exención. Póngase en contacto con el departamento de Fiscal en [email protected] o en el teléfono 91 319 96 86.

Elsa Ochoa Acereda
Abogada & Asesora Fiscal
[email protected]