2024: novedades en materia laboral en España

Publicado el 12-12-2023

Ya estamos a las puertas del año 2024. Un año que en materia laboral promete ser bastante activo, pues sobre la mesa están, entre otras, las siguientes, medidas:

Monika Bertram Abogada +34 91 319 96 86

Ya estamos a las puertas del año 2024. Un año que en materia laboral promete ser bastante activo, pues sobre la mesa están, entre otras, las siguientes, medidas:

  • Incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI);
  • Incremento de la suspensión del contrato de trabajo por nacimiento, tanto para la madre biológica como para el otro progenitor a 20 semanas (en la actualidad asciende a 16).
  • Incremento de la suspensión del contrato de trabajo por adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento, para cada adoptante, guardador o acogedor a 20 semanas (en la actualidad asciende a 16).
  • Reducción progresiva de la jornada máxima legal a 38,5 horas de trabajo efectivo en cómputo semanal, sin reducción del salario.
  • Aprobación del Estatuto del Becario.

No obstante a lo anterior, lo que tenemos que tener en cuenta, es que las siguientes medidas sí serán efectivas a partir del próximo 1 de enero de 2024:

  • Incremento del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) del 0,60% al 0,70%, de los cuales, el 0,12% será asumido por la persona trabajadora y el 0,58% restante por la empresa.
  • Incremento de la base máxima de cotización (actualmente está en 4.720,50 €/mes).
  • Los becarios, con independencia de si realizan prácticas remuneradas o no, también tendrán que cotizar a la Seguridad Social. Las prácticas remuneradas, no cotizarán por MEI, desempleo, FOGASA ni formación profesional. En cuanto a las prácticas que no son remuneradas, además, se excluye la cotización por la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, y, en consecuencia, consistirá en el pago de una cuota empresarial por cada día de prácticas, que será establecida por la Ley General de Presupuestos del Estado. En ambos casos, se establece para las contingencias comunes una bonificación del 95%.
  • Todas las empresas con 50 empleados o más, deberán disponer de un Plan de Igualdad, que incluya de forma expresa la no discriminación de aquellas personas que pertenecen al colectivo LGTBI. Asimismo, deberán haber creado su canal de denuncias y cumplir con la cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad

Lo que sí es cierto es que los acuerdos de investidura alcanzados entre el Gobierno y el resto de partidos que le apoyaron impactarán en las relaciones laborales, no sólo a nivel estatal sino autonómico, de tal manera que entendemos que la próxima legislatura traerá numerosos cambios en esta materia.