¿Año nuevo e impuesto nuevo?

Publicado el 28-12-2022

Pues la respuesta a la pregunta es sí. Pese a que sorprendentemente los medios de comunicación no se han hecho eco de esta noticia, a partir del próximo 1 de enero de 2023, todas las personas trabajadoras que estén dadas de alta en la Seguridad Social (incluidos los autónomos) vamos a tener que familiarizarnos con un concepto nuevo: el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

Monika Bertram Abogada +34 91 319 96 86

Pero ¿qué es el MEI?

El MEI es un nuevo impuesto, que viene a sustituir el antiguo Factor de Sostenibilidad, cuya regulación se encuentra en la Disposición Final Cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones (BOE de 29 de diciembre de 2021) y que nace con la finalidad de llenar la hucha para poder hacer frente al pago de las pensiones de los baby boomers, que son aquellas personas que nacieron en España entre 1957 y 1977, y que comenzarán a situarse en situación de jubilación a partir del próximo año.

A través del mismo y al menos hasta 2032, se creará una cotización adicional del 0,60%, del cual el 0,50% se hará cargo la empresa y el 0,10% restante la persona trabajadora. De tal manera que a partir del próximo mes de enero, el tipo de cotización por contingencias comunes pasa del 28,30% al 28,90% cuya distribución quedará de la siguiente forma:

 

 

 

 

 

A la vista de lo anterior, a partir de enero de 2023 y al menos hasta 2032, las personas trabajadoras verán reducidas sus nóminas y las empresas, por el contrario, verán como sus costes empresariales se incrementarán.

Respecto a los autónomos, éstos asumirán directamente el incremento del 0,60%.

Lo anterior se une a una batalla de novedades que tendrán lugar a lo largo del próximo año. En el punto de mira están las siguientes:

  1. Incremento del Salario Mínimo Interprofesional entre 1.046,00 €/brutos mes y 1.082,00 €/brutos mes, en catorce pagas;
  2. La aprobación de la Ley de Empleo que permitiría dotar a la Inspección de Trabajo de la capacidad de revisar las causas objetivas alegadas en los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) mediante la elaboración de un informe y;
  3. La aprobación de la Ley de Familias que podría incidir, entre otros, en la concesión de (i) un nuevo permiso retribuido de cinco días al año para el cuidado de convivientes o familiares hasta segundo grado de consanguinidad; (ii) de un permiso parental de ocho semanas, a disfrutar de forma continua o discontinua hasta que el menor cumpla los ocho años y (iii) la ampliación de la ayuda de la crianza a madres trabajadoras con hijos entre 0 y 3 años con 100,00 €/brutos mes.

Como es evidente, más aún si tenemos en cuenta que a finales de 2023 tendrán lugar nuevas elecciones generales, seguramente presenciemos una batalla de novedades legislativas que no dejen indiferentes a la sociedad.